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Competencias de la Diputación Foral de Gipuzkoa

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Las competencias de la Diputación Foral de Gipuzkoa se señalan en el art. 74 de la Ley 3/98, 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco:

Artículo 74. Competencias de los órganos forales de los territorios históricos

En materia de residuos sólidos urbanos corresponden a los órganos forales de los territorios históricos las siguientes competencias:

Artículo 70. Planes de residuos

Asimismo, la citada Ley en su artículo 70 señala la necesidad de realizar planes de residuos por parte de las administraciones públicas:

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