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Competencias del Gobierno Vasco

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Las competencias del Gobierno Vasco en materia de residuos urbanos, ejercidas a través del órgano ambiental, vienen definidas en el artículo 73 de la Ley 3/1998, de 27 de febrero general de protección del medio ambiente del País Vasco.

ARTÍCULO 73. COMPETENCIAS DEL ÓRGANO AMBIENTAL

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