JUSTIFICANTES


- Fotocopia del DNI de cada contribuyente.

Justificantes de rendimientos, gastos, bonificaciones, reducciones, retenciones e ingresos a cuenta


- Certificación de los retenedores en la que consten los rendimientos, gastos y cantidades retenidas o ingresadas a cuenta por rendimientos de trabajo personal (Modelo 10-T). En su defecto, recibos de salarios u otra prueba documental suficiente.

- Certificación expedida por el órgano competente de la organización sindical de las cuotas satisfechas a la misma.

- Certificación emitida por el órgano competente de la organización política de las cantidades aportadas obligatoriamente a la misma por los cargos políticos de elección popular, así como por los cargos políticos de libre designación.

- Justificantes de los gastos de defensa jurídica derivados de litigios suscitados en la relación laboral.

- Para la consideración de la bonificación de los rendimientos del trabajo para trabajadores activos discapacitados, certificación expedida por el Departamento de Gizartekintza-Servicios Sociales de la Diputación Foral de Gipuzkoa o, en su caso, por el órgano competente de la Comunidad Autónoma o por el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales, que acredite el grado de minusvalía y, en su caso, la necesidad de asistencia de terceros para el desplazamiento al lugar de trabajo o para desempeñar éste, o, en su caso, la existencia de un estado carencial de movilidad reducida. Asimismo, se podrá acreditar el grado de minusvalía igual o superior al 65% mediante la declaración judicial de incapacidad.

- Justificantes de rendimientos, gastos y retenciones de capital mobiliario expedidos por la entidad que corresponda en cada caso.

- Justificantes de rendimientos y gastos por inmuebles arrendados y, en su caso, certificación de las retenciones y de los ingresos a cuenta (Modelo 10-I).

- Copia de los recibos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles del año 2000, de todos los inmuebles urbanos no arrendados ni subarrendados ni cedidos, excepto cuando se trate de la vivienda habitual, garajes y el suelo no edificado.

- En el caso de optar por el régimen de compensación por adquisición o rehabilitación de vivienda anterior a 1/1/1999, copia del recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles del año 2000 y justificantes de los intereses, correspondientes a la vivienda habitual.

- Justificantes de las retenciones soportadas por los contribuyentes que ejerzan actividades económicas sujetas a retención o a ingreso a cuenta.

- Justificantes de las rentas imputadas de transparencia fiscal e Instituciones de Inversión Colectiva constituidas en paraísos fiscales.

- Fotocopia de la decisión judicial que obligue al pago de las pensiones compensatorias entre cónyuges y anualidades por alimentos, salvo las fijadas en favor de los hijos del contribuyente y justificantes de la efectividad de los pagos correspondientes.

- Certificado de los promotores de planes de pensiones, de entidades gestoras de fondos de pensiones o entidades de Previsión social Voluntaria, en el que consten las cuantías aportadas individualmente por cada partícipe, así como las imputadas por los promotores o socios protectores. En el caso de aportaciones a favor de personas con minusvalía, se entregarán los documentos que justifiquen la relación de parentesco y el grado de minusvalía

- Justificantes de las ganancias y pérdidas patrimoniales en los que consten, entre otros, los valores de adquisición y transmisión y las fechas de adquisición y transmisión y, en su caso, las retenciones soportadas.

 

Justificantes de las deducciones de la Cuota


- Fotocopias de TODAS las hojas del Libro de Familia.

- Fotocopia de la decisión que obligue al pago de las anualidades por alimentos fijadas en favor de los hijos del contribuyente y justificantes de la efectividad de los pagos correspondientes.

- Tratándose de menores vinculados al contribuyente por razón de tutela o acogimiento no remunerado, deberá presentarse resolución judicial por la que se constituya la tutela o certificado expedido por el Departamento de Gizartekintza-Servicios Sociales de la Diputación Foral de Gipuzkoa que acredite el acogimiento durante 2000 y su carácter de no remunerado.

- Certificado de empadronamiento e ingresos, por los ascendientes con derecho a deducción de la cuota. En el caso de que no perciban pensión, certificado que acredite la condición negativa de pensionista expedido por el INSS.

- Para la consideración de las deducciones por discapacidad, certificación que acredite la condición de minusválido o discapacitado expedida por el Departamento de Gizartekintza-Servicios Sociales de la Diputación Foral de Gipuzkoa, por el órgano correspondiente de la Comunidad Autónoma o por el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales, que acredite el grado de minusvalía y, en su caso, certificado de convivencia e ingresos por las personas discapacitadas de 65 o más años que convivan con el contribuyente. En caso de que estas personas mayores de 65 años no perciban pensión, certificado que acredite la condición negativa de pensionista expedido por el INSS. Asimismo, se podrá acreditar el grado de minusvalía igual o superior al 65% mediante la declaración judicial de incapacidad.

- Copia del contrato de arrendamiento o subarriendo, y justificantes de los pagos realizados en concepto de alquiler.

- Documentos acreditativos de la deducción por inversión en vivienda:

  • Viviendas en construcción: documento acreditativo de las cantidades abonadas.
  • Viviendas construidas: fotocopia de la Escritura Pública de compraventa.
  • Rehabilitación: fotocopia del expediente de rehabilitación protegida y justificante de las cantidades abonadas.
  • Imposición en cuenta vivienda: certificado de la cuenta vivienda en el que conste, clave de la entidad, nº de cuenta (10 dígitos), fecha de apertura y todos los movimientos efectuados desde dicha fecha.
  • En caso de préstamo se requerirá justificación documental adecuada.

- Para el fomento de las actividades económicas: facturas correspondientes a la inversión, documentación requerida al efecto por la NF del Impuesto sobre Sociedades, Anexo 10 y, en su caso, certificación donde conste la participación del trabajador en la entidad o en cualquier otra del grupo de sociedades donde preste sus servicios y las cantidades satisfechas por el mismo para la adquisición de acciones o participaciones en dicha entidad o en cualquiera del grupo.

- Justificantes de las aportaciones deducibles por donativos en virtud del artículo 80 de la NF del IRPF.

- Otros justificantes.

 

NOTA: Aquellos gastos y/o deducciones que deban ser justificados no se tendrán en cuenta en la liquidación provisional cuando no se adjunten los justificantes correspondientes en el momento de la presentación de la declaración.