Declaraciones

Mediante esta modalidad de presentación sólo pueden presentarse las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Por lo tanto, no es válida para la presentación de declaraciones del Impuesto sobre el Patrimonio.

 

Lugar de presentación


Para presentar la declaración de renta mediante la modalidad mecanizada hay que concertar cita previamente A PARTIR DEL 26 DE MARZO Y ANTES DEL 20 DE JUNIO mediante cualquiera de los dos medios siguientes:

  • Por teléfono, llamando al número 943 311 888.
  • Por Internet, pulsando aquí.

De esta forma, se elegirá:

  • La Oficina de Renta Mecanizada.
  • El día y la hora para presentar la declaración.

Se elegirá la Oficina correspondiente entre las once Oficinas de Renta Mecanizada distribuidas por el Territorio Histórico. El criterio para la elección se basa en el lugar de residencia del contribuyente, según el cuadro siguiente.

Oficina

Localidad

Dirección

Residencia del contribuyente

1

Azpeitia

C/ José Arteche, 3

Aizarnazabal, Azkoitia, Azpeitia, Beizama, Bidegoian, Errezil, Zestoa, Zumaia.

2

Beasain

C/ Urbialde, 1

Altzaga, Arama, Ataun, Beasain, Ezkio-Itsaso, Gabiria, Gainza, Idiazabal, Itsasondo, Lazkao, Legazpi, Mutiloa, Olaberria, Ordizia, Ormaiztegi, Segura, Urretxu, Zaldibia, Zegama, Zerain, Zumarraga.

3

Bergara

C/ Mintegi, 5

Antzuola, Aretxabaleta, Arrasate-Mondragón, Bergara, Elgeta, Eskoriatza, Leintz-Gatzaga, Oñati.

4

Eibar

C/ Arragueta, 2

Deba, Eibar, Elgoibar, Mendaro, Mutriku, Soraluze-Placencia de las Armas.

5

Hernani

C/ Latxunbe Berri, 8-9

Andoain, Astigarraga, Hernani, Lasarte-Oria, Urnieta.

6

Irun

C/ Estación, 5-7

Hondarribia, Irun.

7

Errenteria

C/ Magdalena, 3

Lezo, Oiartzun, Pasaia, Errenteria.

8

Tolosa

C/ San Francisco, 45

Abaltzisketa, Aduna, Albiztur, Alegia, Alkiza, Altzo, Amezketa, Anoeta, Asteasu, Baliarrain, Belauntza, Berastegi, Berrobi, Elduain, Gaztelu, Hernialde, Ibarra, Ikaztegieta, Irura, Larraul, Leaburu, Legorreta, Lizartza, Orendain, Orexa, Tolosa, Villabona, Zizurkil.

9

Donostia
San Sebastián

Av. Sancho El Sabio, 9

Aia, Getaria, Orio, Usurbil, Zarautz, Amara (Donostia-San Sebastián).

10

Donostia
San Sebastián

C/ Secundino Esnaola, 10-12

Donostia-San Sebastián: Alza, Egia, Gros, Intxaurrondo

11

Donostia
San Sebastián

C/ Oquendo, 20

Donostia-San Sebastián: Antiguo, Ayete, Centro, resto de Donostia-San Sebastián

 

Quiénes pueden presentar declaraciones de renta mecanizada

Podrán acogerse a la modalidad de declaración mecanizada los contribuyentes cuyos ingresos provengan de cualesquiera tipos de renta con excepción de los siguientes supuestos:

  • Los contribuyentes que determinen el rendimiento de las actividades económicas mediante el método de estimación directa normal. Así mismo, no podrán acogerse a la modalidad mecanizada de declaración los que determinando el rendimiento de las actividades económicas mediante el método de estimación directa simplificada, se acojan a las deducciones por inversiones y por otras actividades previstas en el artículo 78 de la Norma Foral del Impuesto.

  • Los contribuyentes que obtengan imputaciones de renta (transparencia fiscal e inversión colectiva en paraísos fiscales).

  • Los contribuyentes que hayan tenido ganancias o pérdidas patrimoniales por transmisiones, cuando el importe global de las transmisiones, durante el período impositivo, supere los cinco millones de pesetas.

  • Los contribuyentes que realicen transmisiones patrimoniales durante el período impositivo, en número superior a cinco.
Procedimiento

  • En las Oficinas de Renta Mecanizada se ayudará al contribuyente a realizar la autoliquidación.

  • Se han realizado mejoras respecto de la atención al contribuyente: más técnicos, mejores medios informáticos, atención personalizada. Todo ello redundará en menores tiempos de espera, mayor transparencia y, en definitiva, en un mejor servicio a los contribuyentes guipuzcoanos.

  • Se ha eliminado el modelo/impreso de renta mecanizada. Por lo tanto, basta con acudir a la Oficina con:

    • Los justificantes de los ingresos, gastos, reducciones, deducciones, etc.

    • El número de la cuenta corriente (los 20 dígitos del código cuenta cliente) para domiciliar el resultado de la autoliquidación.

  • Los empresarios y profesionales deberán adquirir en los estancos los siguientes anexos y cumplimentarlos antes de acudir a la Oficina:

    • El anexo del rendimiento de la actividad. En función del régimen de estimación empleado será uno de los dos siguientes:

      * Anexo 5 – Estimación objetiva por signos, índices y módulos.
      * Anexo 6 – Estimación directa simplificada.

    • El Anexo 7 para la declaración patrimonial, salvo que se presente la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio o que el año 2000 fuese uno de los dos primeros desde que se inició la actividad económica.

  • Si se desea autorizar a una persona allegada para que acuda a presentar la autoliquidación en lugar del contribuyente, aquella deberá presentar una autorización y los DNI de ambos. Sirve como modelo de autorización el que se obtiene mediante la impresión del documento siguiente:


autorizacion.doc

Resultado de la autoliquidación

 

A INGRESAR:

Al ser la domiciliación obligatoria, se cargará en la cuenta designada por el contribuyente el importe total de la deuda tributaria.

Existen dos formas de pago, según se fraccione o no el mismo:

  • Si el contribuyente no fracciona el pago de la deuda, el cargo en su cuenta se realizará el 25 de junio del año 2001.
  • Si el contribuyente opta por fraccionar el pago de la deuda, se realizarán dos cargos:
    • El primero por el 60% de la deuda el 25 de junio de 2001.
    • El segundo por el 40% de la deuda el 10 de noviembre de 2001.

A DEVOLVER:

Al ser la domiciliación obligatoria, el importe de la devolución será abonado en la cuenta del contribuyente. Este trámite se realizará antes de los cuatro días siguientes al de la presentación de la autoliquidación.