Declaraciones

Mediante esta modalidad se pueden presentar las declaraciones de los dos Impuestos:
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  • Impuesto sobre el Patrimonio.
Procedimiento


Se entregará en el lugar de presentación escogido el modelo correspondiente debidamente cumplimentado. Se adjuntarán los justificantes de los ingresos, gastos, reducciones, deducciones, etc.

Modelo 109
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Modelo 714
Impuesto sobre el Patrimonio

 

Estos modelos pueden adquirirse en:

  • Los estancos del Territorio Histórico.
  • Oficina de la Hacienda Foral sita en el Paseo de Errotaburu nš 2 de Donostia-San Sebastián.

 

Lugar de presentación

 

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Resultado de la autoliquidación

Lugar de presentación

A ingresar

* Entidades Financieras

A devolver

* Entidades Financieras

* Oficinas Tributarias

* Oficina de la Hacienda Foral sita en el Paseo de Errotaburu nš 2 de Donostia-San Sebastián


Impuesto sobre el Patrimonio

Resultado de la autoliquidación

Lugar de presentación

A ingresar

* Entidades Financieras

Negativa

* Entidades Financieras

* Oficinas Tributarias

* Oficina de la Hacienda Foral sita en el Paseo de Errotaburu nš 2 de Donostia-San Sebastián


Resultado de la autoliquidación


A) Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

A INGRESAR:

En el mismo momento de presentar la declaración, se ingresará el importe de la deuda tributaria.

Existen dos formas de pago, según se fraccione o no el mismo:

  • Si el contribuyente no fracciona el pago de la deuda, se pagará el importe total de la deuda tributaria.
  • Si el contribuyente opta por fraccionar el pago de la deuda, se realizarán dos pagos:
    • El primero, por el 60% de la deuda, será satisfecho al tiempo de presentar la declaración.
    • El segundo, por el 40% de la deuda, se pagará mediante el modelo 102 antes del 10 de noviembre de 2001. También se puede optar por domiciliar este segundo pago, para lo cual se consignarán los 20 dígitos del código cuenta cliente de la cuenta en la que se solicita el cargo del 40% de la deuda.

A DEVOLVER:

En el Documento Contable del Modelo 109 se puede optar por:

  • No domiciliar la devolución, en cuyo caso se enviará al domicilio del contribuyente un talón nominativo.
  • Domiciliar la devolución, para lo cual es necesario indicar los 20 dígitos del código cuenta cliente de la cuenta en la que se desea el abono de la devolución.

 

B) Impuesto sobre el Patrimonio

A INGRESAR:

En el mismo momento de presentar la declaración, se ingresará el importe de la deuda tributaria. No se puede fraccionar o domiciliar el pago.