Tributación individual o tributación conjunta

Los contribuyentes no integrados en una unidad familiar deberán realizar necesariamente su declaración de forma individual.

Los contribuyentes integrados en una unidad familiar mediante la presentación separada de las correspondientes declaraciones tributarán individualmente. No obstante, podrán optar mediante la acumulación de las rentas de todos los miembros de la unidad familiar por tributar conjuntamente.

EJERCICIO DE LA OPCIÓN

Las personas integradas en la unidad familiar que ejerciten de forma unánime la opción de tributar conjuntamente, presentarán una declaración conjunta, acumulando las rentas de todos los miembros integrantes de la unidad familiar.

La opción ejercida para un período impositivo podrá ser modificada con posterioridad, hasta el momento en que se realice cualquier actuación por la Administración Tributaria.

FORMA DE EJERCITAR LA OPCIÓN

El ejercicio de la opción por la tributación conjunta se realizará marcando con una "X" la casilla correspondiente de la hoja de identificación.

No obstante, la presentación de la declaración individual por un integrante de la unidad familiar vinculará a todos los demás miembros de la unidad familiar, a tributar individualmente.