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| Declaraciones |
Mediante esta modalidad se pueden presentar las declaraciones
de los dos Impuestos:
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- Impuesto sobre el Patrimonio.
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| Procedimiento |
Se entregará en el lugar de presentación escogido
el disquete correspondiente debidamente cumplimentado. Se adjuntarán
los justificantes
de los ingresos, gastos, reducciones, deducciones, etc.
Los programas se pueden adquirir en:
- Los estancos
del Territorio Histórico o en la Oficina de la Hacienda
Foral sita en el Paseo de Errotaburu nš 2 de Donostia-San
Sebastián.
- También se pueden obtener de la página siguiente:
pulse aquí.
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| Lugar de presentación |
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Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
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Resultado de la autoliquidación
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Lugar de presentación
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A ingresar
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* Entidades Financieras
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A devolver
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* Entidades Financieras
* Oficinas Tributarias
* Oficina de la Hacienda Foral sita en el Paseo de
Errotaburu nš 2 de Donostia-San Sebastián
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Impuesto sobre el Patrimonio
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Resultado de la autoliquidación
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Lugar de presentación
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A ingresar
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* Entidades Financieras
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Negativa
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* Entidades Financieras
* Oficinas Tributarias
* Oficina de la Hacienda Foral sita en el Paseo de
Errotaburu nš 2 de Donostia-San Sebastián
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| Resultado de la autoliquidación |
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A) Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
A INGRESAR:
En el mismo momento de presentar la declaración,
se ingresará el importe de la deuda tributaria.
Existen dos formas de pago, según se fraccione o
no el mismo:
- Si el contribuyente no fracciona el
pago de la deuda, se pagará el importe total de
la deuda tributaria.
- Si el contribuyente opta por fraccionar
el pago de la deuda, se realizarán dos pagos:
- El primero, por el 60% de la deuda, será
satisfecho al tiempo de presentar la declaración.
- El segundo, por el 40% de la deuda, se pagará
mediante la domiciliación, para lo cual se
consignarán los 20 dígitos del código
cuenta cliente de la cuenta en la que se solicita
el cargo.
A DEVOLVER:
La devolución se cobrará
obligatoriamente por domiciliación. Por lo tanto,
el importe de la devolución será abonado en
la cuenta del contribuyente.
B) Impuesto sobre el Patrimonio
A INGRESAR:
En el mismo momento de presentar la declaración,
se ingresará el importe de la deuda tributaria. No
se puede fraccionar o domiciliar el pago.
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