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PRINCIPALES NOVEDADES IRPF |
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2002 |
2003 |
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Prestación de desempleo |
En la modalidad de pago único |
En la modalidad de pago único, en su nivel
asistencial y en su nivel contributivo cuando
el resto de las rentas, excluidas las del
artículo 15.5.a), no supere 6.000 |
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Nuevas exenciones |
No hay exención |
Prestaciones de orfandad públicas y de la
Seguridad Social y Prestaciones de la Seguridad
Social, Clases Pasivas y otras públicas por
incapacidad permanente total, jubilación y
viudedad si es inferior al SMI y el resto
de rentas, excluidas las del artículo 15.5.a),
no supere 6.000 |
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Rendimientos irregulares (trabajo, actividad,
capital) |
Entre 2 y 5 años: 70%
Más de 5 años: 60 %
Calificados reglamentariamente
como irregulares: 70%
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Entre 2 y 5 años: 60%
Más de 5 años: 50%
Calificados reglamentariamente
como irregulares: 50%
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General |
Ingresos – gastos deducibles
<7.512,65 : 4.177,03
Ingresos – gastos deducibles
entre 7.512,66 y 15.025,30 : 4.177,03 -
0,22 [(Ingresos – gastos deducibles) – 7.512,65
]
Ingresos – gastos deducibles
> 15.025,30 : 2.524,25
|
Ingresos – gastos deducibles
<7.500,00 : 4.500,00
Ingresos – gastos deducibles
entre 7.500,00 y 15.000,00 : 4.500,00 -
[0,22 [(Ingresos – gastos deducibles) –
7.500,00 ]
Ingresos – gastos deducibles
> 15.000,00 : 2.850,00
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| Otras
rentas > 7.512,65 : 2.524,25 |
Otras
rentas > 7.500,00 : 2.850,00 |
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Incremen-tada en caso de minusvalía |
No
hay bonificación |
75%:
trabajadores activos discapacitados con un
grado de minusvalía igual o superior al 33%
e inferior al 65 % |
| 100%:
trabajadores activos discapacitados con minusvalía
igual o superior al 33% e inferior al 65%
que para desplazarse al trabajo o realizar
el mismo necesiten ayuda de terceras personas
o estén en estado carencial de movilidad reducida |
150%:
trabajadores activos discapacitados con minusvalía
igual o superior al 33% e inferior al 65%
que estén en estado carencial de movilidad
reducida |
| 150%:
trabajadores activos discapacitados con grado
de minusvalía igual o superior al 65% o cuya
incapacidad se declare judicialmente |
200%:
trabajadores activos discapacitados con grado
de minusvalía igual o superior al 65% o cuya
incapacidad se declare judicialmente |
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Reducción por aportaciones a mutualidades,
planes de previsión asegurados , planes de
pensiones y EPSV |
General |
Límites:
Contribución empresarial:
7.212,15
Aportación del contribuyente:
7.212,15
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Límites:
Contribución empresarial:
8.000,00
Aportación del contribuyente: 8.000,00
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Para mayores de 52 años |
Límites:
Contribuciones empresariales:
7.212,15 + 1.202,02 por cada año de edad
que exceda de 52
Aportaciones del contribuyente: 7.212,15
+ 1.202,02 por cada año de edad que exceda
de 52
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Límites:
Contribuciones empresariales:
8.000,00 + 1.250,00 por cada año de edad
que exceda de 52
Aportaciones del contribuyente: 8.000,00
+ 1.250,00 por cada año de edad que exceda
de 52
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A favor del cónyuge |
Límites:
1) Rentas de la base imponible
general del cónyuge < 7.212,15
2) 1.803,04
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Límites:
1) Rentas de la base imponible
general del cónyuge < 8.000,00
2) 2.000,00
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A favor de minusválidos |
Límites :
1) 7.212,15 (aportaciones
por familiares)
2) 22.838,46 (aportaciones por el propio
minusválido)
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Límites:
1) 8.000,00 (aportaciones
por familiares)
2) 24.250,00 (aportaciones por el propio
minusválido)
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Reducción por tributación conjunta:
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General: 3.510,00 - Familia monoparental:
3.065,00 |
General:
3.600,00 - Familia monoparental: 3.160,00
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2002 |
2003 |
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Tarifa |
General |
Base liquidable |
Cuota íntegra |
Resto base liquidable |
Tipo (%) |
Base liquidable |
Cuota íntegra |
Resto base liquidable |
Tipo (%) |
|
3.545,00 |
0,00 |
3.220,00 |
17 |
3.600,00 |
0,00 |
3.000,00 |
15 |
|
6.765,00 |
547,40 |
11.595,00 |
25 |
6.600,00 |
450,00 |
7.000,00 |
23 |
|
18..360,00 |
3.446,15 |
13.530,00 |
30 |
13.600,00 |
2.060,00 |
13.40000 |
28 |
|
31.890,00 |
7.505,15 |
13.530,00 |
38 |
27.000,00 |
5.812,00 |
14.00000 |
35 |
|
45.420,00 |
12.646,55 |
25.440,00 |
44 |
41.000,00 |
10.712,00 |
19.000,00 |
42 |
|
70.860,00 |
23.840,15 |
En adelante |
50 |
60.000,00 |
18.692,00 |
En adelante |
48 |
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Especial |
18% |
15% |
Deducción por descendientes:
-Primer descendiente
-Segundo descendiente
-Tercer descendiente
-Cuarto
- Quinto y sucesivos -Incremento descendientes:
< 3 años
< 6 años |
400,00
490,00
740,00
920,00
920,00
216,00
- |
460,00
565,00
850,00
1.100,00
1.500,00
250
250 |
|
Deducción por adopción |
No hay deducción |
Sobre
cantidades satisfechas: 20%Mínimo sin justificación:
600 |
Deducción por abono de anualidades por
alimentos a los hijos:
-Límite primer hijo
-Límite segundo hijo
-Límite tercer hijo
-Límite cuarto hijo
-Límite quinto hijo y sucesivos |
15%
128,00
160,00
190,00
246,00
246,00 |
15%
131,00
163,00
194,00
251,00
341,00 |
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Deducción por ascendientes |
198,00
Cuando conviva de forma continua
y permanente con el contribuyente durante
todo el año |
202,00
Cuando conviva con el contribuyente
o éste satisfaga cantidades a residencias
donde el ascendiente viva de forma continua
y permanente |
|
Deducción por minusvalía |
Discapacidad del contribuyente, ascendiente,
descendiente, cónyuge o pariente colateral
hasta el cuarto grado inclusive:
>= al 33% y < al 65%: 400,00
>= al 65% y < al 75%: 614,00
>= al 75%: 920,00 |
Discapacidad del contribuyente, ascendiente,
descendiente, cónyuge o pariente colateral
hasta el cuarto grado inclusive: §
>= al 33% y < al 65%: 600,00
>= al 65% : 920,00
>= al 75% y obtener entre 15 y 39 puntos
de ayuda a tercera persona: 1.100,00
>= al 75% y obtener 40 o más puntos de
ayuda a tercera persona: 1.400,00 |
|
Deducción por persona discapacitada a cargo
de 65 o más años que necesite ayuda de tercera
persona |
614,00 |
>= al 33% y < al 65%:
300,00
>= al 65% y < al 75%: 460,00
>= al 75% y obtener entre 15 y 39 puntos
de ayuda a tercera persona: 550,00
>= al 75% y obtener 40 o más puntos de
ayuda a tercera persona: 700,00 |
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Deducción por edad del contribuyente |
No hay deducción |
mayor
de 65 años: 200,00 |
| mayor
de 75 años: 400,00 |
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Deducción por alquiler de vivienda habitual |
General |
Se
calculaba en función de la base imponible
minorada en la reducción por pensiones compensatorias
y anualidades por alimentos, de la edad del
contribuyente y del tipo de tributación |
20%
Límite: 1.200 |
|
Menores de 35 años |
25 %
Límite: 1.500 |
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Familia Numerosa |
No hay deducción |
25%
Límite: 1.500 |
|
Deducción por inversión en vivienda habitual |
Crédito fiscal |
27.045,54 |
30.000
(Para viviendas adquiridas antes de 1/1/2003
se mantiene los 27.045,54 ) |
|
General |
15% inversión
20% financiación (intereses) |
15% inversión
20% financiación (intereses) |
|
Menor de 35 años |
25 % inversión
30% financiación (intereses)
Condición: [base imponible – reducción por
abono de pensiones compensatorias y anualidades
por alimentos] < 27.045,54 |
25 % inversión
30% financiación (intereses)
Condición: [base imponible – reducción por
abono de pensiones compensatorias y anualidades
por alimentos] < 27.045,54 |
|
Titular de familia numerosa |
15% inversión
20% financiación (intereses) |
25 % inversión
30% financiación (intereses)
Condición: [base imponible – reducción por
abono de pensiones compensatorias y anualidades
por alimentos] < 27.045,54 |
|
Cuenta vivienda |
Plazo:
5 años |
Plazo:
6 años |
| El
destino del saldo debe ser exclusivamente
inversión vivienda habitual |
Posibilidad
de movilidad del saldo, debiendo reponerse
antes de 31 de diciembre |
| Pérdida
de la deducción en caso de fallecimiento del
contribuyente antes de la finalización del
plazo para invertir el saldo en la adquisición
de vivienda habitual |
No
hay pérdida de la deducción en caso de fallecimiento
del contribuyente antes de la finalización
del plazo para invertir el saldo en la adquisición
de vivienda habitual |
|
Deducción adicional por adquisición de vivienda
por familia numerosa sobre el importe que
no hay podido ser objeto de deducción general
|
No hay deducción |
15% inversión
15% financiación (intereses)
Límites para familias numerosas:
- de 1ª categoría: 1.000,00 por familia
- de 2ª categoría o de honor: 1.500,00 por
familia |
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Límites a las deducciones por inversión en
vivienda habitual y donativos |
Base
de las deducciones por inversión en vivienda
habitual, cuenta vivienda y donativos <
60% [base imponible – reducción por pensiones
compensatorias y anualidades por alimentos
y por aportaciones a mutualidades, planes
de pensiones y EPSV] |
Base
de las deducciones por inversión en vivienda
habitual, cuenta vivienda, adicional por adquisición
vivienda por familia numerosa y donativos
< 60% [base imponible – reducción por pensiones
compensatorias y anualidades por alimentos
y por aportaciones a mutualidades, planes
de previsión asegurados, planes de pensiones
y EPSV] |
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2002 |
2003 |
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