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| INFORMACIÓN TRIBUTARIA |
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| Tabla de retenciones |
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Ejemplo de cálculo del % de retención, condiciones generales |
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La empresa donde D. XX trabaja prevé que en el año
2001 obtendrá las siguientes remuneraciones:
- Sueldos y salarios: 3.500.000 pesetas.
- Plus de productividad (variable): 500.000 pesetas.
- Retribuciones en especie:
- Seguro de vida pagado por la empresa: 90.000 pesetas.
- Contribuciones a EPSV: 50.000 pesetas.
Además, con anterioridad al 1 de enero, D. XX ha comunicado
que tiene dos hijos con derecho a la deducción prevista
en el artículo 71 de la Norma Foral del Impuesto. |
Cálculo del tipo de retención:
1) Percepción íntegra anual previsible a efectos
del cálculo de retención:
3.500.000 + 500.000 + 90.000 = 4.090.000 pesetas.
2) Búsqueda en la tabla de porcentajes de retención:
| Rendimiento anual (tramos) |
Número de hijos y otros descendientes |
| Desde pesetas |
Hasta pesetas |
0 |
1 |
2 |
3 |
4 |
5 |
³
6 |
| 3.761.001 |
4.095.000 |
16% |
15% |
14% |
12% |
11% |
9% |
4% |
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| El tipo de retención aplicable de acuerdo con los rendimientos
y las circunstancias personales de D. XX es del 14%. |
Variaciones en la cuantía de las retribuciones
En el mes de septiembre se producen las siguientes variaciones:
- Sueldos y salarios: subida de un 2,5%.
- Plus de productividad (variable): 750.000 pesetas.
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Cálculo del nuevo tipo de retención:
1) Percepción íntegra anual a efectos del cálculo
de retención:
(3.500.000 x 1,025) + 750.000 + 90.000 = 4.427.500 pesetas.
2) Búsqueda en la tabla de porcentajes de retención:
| Rendimiento anual (tramos) |
Número de hijos y otros descendientes |
| Desde pesetas |
Hasta pesetas |
0 |
1 |
2 |
3 |
4 |
5 |
³
6 |
| 4.095.001 |
4.496.000 |
17% |
16% |
15% |
14% |
12% |
10% |
6% |
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| El tipo de retención aplicable a partir del mes de
septiembre será del 15%. |
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Ejemplo de cálculo del % de retención, discapacitados |
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La empresa donde D. XX trabaja prevé que en el año
2001 obtendrá las siguientes remuneraciones:
- Sueldos y salarios: 3.500.000 pesetas.
- Plus de productividad (variable): 500.000 pesetas.
- Retribuciones en especie:
- Seguro de vida pagado por la empresa: 90.000 pesetas.
- Contribuciones a EPSV: 50.000 pesetas.
Además, con anterioridad al 1 de enero, D. XX ha comunicado
que tiene dos hijos con derecho a la deducción prevista
en el artículo 71 de la Norma Foral del Impuesto y que
cumple los requisitos del artículo 19. 3 a) de la NF
8/1998 al tener reconocido un grado de minusvalía del
50% y necesitar ayuda de terceras personas para desplazarse
a su lugar de trabajo. |
Cálculo del tipo de retención:
1) Percepción íntegra anual previsible a efectos
del cálculo de retención:
3.500.000 + 500.000 + 90.000 = 4.090.000 pesetas.
2) Búsqueda en la tabla de porcentajes de retención:
| Rendimiento anual (tramos) |
Número de hijos y otros descendientes |
| Desde pesetas |
Hasta pesetas |
0 |
1 |
2 |
3 |
4 |
5 |
³
6 |
| 3.761.001 |
4.095.000 |
16% |
15% |
14% |
12% |
11% |
9% |
4% |
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El tipo de retención aplicable de acuerdo con los
rendimientos y el número de hijos de D. XX es del 14%
.3) Minoración por discapacidad:
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| Rendimiento anual (tramos) |
Bonificación del trabajo incrementada |
| Desde pesetas |
Hasta pesetas |
Art.19.3 a) NF
8/1998 |
Art.19.3 b) NF
8/1998 |
| 3.379.001 |
4.496.000 |
5% |
8% |
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| El tipo aplicable a D. XX de acuerdo con sus circunstancias
personales es: 14% - 5% = 9%. |
Variaciones en la cuantía de las retribuciones
En el mes de septiembre se producen las siguientes variaciones:
- Sueldos y salarios: subida de un 2,5%.
- Plus de productividad (variable): 750.000 pesetas.
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Cálculo del nuevo tipo de retención:
1) Percepción íntegra anual a efectos del cálculo
de retención:
(3.500.000 x 1,025) + 750.000 + 90.000 = 4.427.500 pesetas.
2) Búsqueda en la tabla de porcentajes de retención:
| Rendimiento anual (tramos) |
Número de hijos y otros descendientes |
| Desde pesetas |
Hasta pesetas |
0 |
1 |
2 |
3 |
4 |
5 |
³
6 |
| 4.095.001 |
4.496.000 |
17% |
16% |
15% |
14% |
12% |
10% |
6% |
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El tipo de retención aplicable de acuerdo con los
rendimientos y el número de hijos de D. XX es del 15%
.3) Minoración por discapacidad:
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| Rendimiento anual (tramos) |
Bonificación del trabajo incrementada |
| Desde pesetas |
Hasta pesetas |
Art.19.3 a) NF
8/1998 |
Art.19.3 b) NF
8/1998 |
| 3.379.000 |
4.496.000 |
5% |
8% |
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El tipo aplicable a D. XX de acuerdo con sus circunstancias
personales es: 15% - 5% = 10%.
Por tanto, el tipo de retención aplicable a partir del
mes de septiembre será del 10%. |
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